La Central de Información de Riesgos de Banco de España (CIRBE) es una base de datos de carácter público en el que se recogen todos los riesgos, ya sea en forma de préstamos, créditos, leasing o avales que las entidades financieras han concedido a sus clientes, siempre que sean superiores a 6.000 euros o 300.000 euros si se trata de no residentes.
La CIRBE no es un registro de morosos, no queda por tanto reflejado si los clientes se encuentran al corriente del pago de sus deudas, para ello existen otros registros como el RAI, ASNEF o EQUIFAX. Leer más…
La nueva ley define los términos más utilizados, de manera que se unifique el lenguaje aplicable a los servicios de pago. Así podemos destacar:
- Fondos: se refiere al dinero, ya sea en billetes o monedas, como al dinero electrónico.
- Operación de pago: es la acción de colocar, transferir o retirar fondos.
- Cuenta de pago: es la cuenta que está a nombre de uno o varios titulares que se utiliza como soporte de las operaciones de pago. Leer más…
Los cajeros automáticos pueden tragarse la tarjeta, ya sea de crédito o de débito, por motivos muy diversos. Por ejemplo, porque hayamos introducido tres veces erróneamente el PIN, por una caída de tensión en la línea o corte de fluido eléctrico o porque la entidad la haya cancelado por impago de la misma.
Cuando un cajero se trague la tarjeta deberemos ponernos en contacto con nuestro banco o caja o con la marca de la tarjeta para que procedan a anularla y emitir una nueva. Leer más…
La nueva normativa ha realizado un importante esfuerzo para intentar mejorar la seguridad de los usuarios en la utilización de los medios de pago. Las entidades financieras son ahora las únicas responsables de garantizar que las tarjetas de crédito o débito, sus claves de acceso, las coordenadas para operar por Internet y cualquier otro elemento de seguridad sean accesibles únicamente para el titular. La consecuencia es que deben soportar los riesgos derivados del envío de las tarjetas, los PIN o las claves de acceso a Internet. Leer más…
Si en el transcurso de tiempo que transcurre entre el robo o pérdida de la tarjeta de crédito y la denuncia llega a utilizarse la tarjeta por un tercero, con la nueva Ley de Servicios de Pago, el titular sólo será responsable por una cuantía máxima de 150 euros siempre y cuando no haya existido negligencia o dolo por su parte. El exceso correrá a cargo de la entidad emisora de la tarjeta. Muchos bancos y cajas han optado por contratar un seguro que cubra este riesgo.
En caso de que la entidad emisora de la tarjeta nos quiera cobrar más de esos 150 euros que por ley estamos obligados a asumir, deberemos presentarles reclamación por escrito, en la que en principio debe ser suficiente hacer mención expresa a la Ley 16/2009, de Servicios de Pago. Leer más…
El robo o pérdida de la tarjeta de crédito puede conllevar su uso ilícito por terceras personas. En la medida de lo posible, podemos evitar los fraudes si seguimos algunas normas básicas.
En los comercios.
Para reducir la posibilida del fraude a la hora de realizar compras en los comercios es conveniente que exhibamos junto con la tarjeta, el DNI, pasaporte o carnet de conducir. Existe jurisprudencia que en caso de haberse realizado un pago con una tarjeta sustraída, condena al comerciante a indemnizar al perjudicado por no haber obrado con la diligencia debida y no haber exigido el documento de identidad a quien hizo el pago y que por tanto suplantó la personalidad del verdadero titular de la tarjeta. Leer más…
Uno de los objetivos de la actual ley de servicios de pago, es intentar mejorar la seguridad de los usuarios en la utilización de los medios de pago. Las entidades financieras son ahora las únicas responsables de garantizar que las tarjetas de crédito o débito, sus claves de acceso, las coordenadas para operar por Internet y cualquier otro elemento de seguridad sólo sean accesibles para el titular. Eso conlleva que deben soportar los riesgos derivados del envío de las tarjetas, los PIN o las claves de acceso a Internet. Leer más…

La nueva ley de servicios de pago mejora la seguridad de los usuarios de estos servicios, aunque también plantea algunos inconvenientes.
De cara al usuario, la nueva ley ofrece las siguientes ventajas:
- Consigue unificar toda la legislación bancaria de la Unión europea, y beneficia sobre todo a los que viajan con frecuencia al extranjero, puesto que es posible ya operar con una sola cuenta corriente en todo el ámbito europeo, utilizar las tarjetas de crédito o débito o domiciliar pagos en cualquier país de la Unión. Leer más…