Miércoles, 28 de Julio de 2010
Entrar en ASNEF es mucho más fácil que salir. Lo primero que debemos hacer es saldar la deuda. Pero con esto no conseguiremos siempre salir de ASNEF. Aunque las empresas que nos incluyeron en este fichero de morosos deberían gestionar nuestra salida si hemos saldado la deuda, no siempre es así, y nos tocará encargarnos personalmente de que nuestros datos desaparezcan del fichero.
Además hay que tener en cuenta que ASNEF, al igual que RAI o cualquier otro registro de morosos, no se hace responsable de los errores que puedan contener sus listas. Leer más…
Martes, 27 de Julio de 2010
La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, más conocida como ASNEF es una entidad surgida en 1.957 a la que se adhieren Bancos, Cajas, Entidades Financieras y grandes empresas de servicios del sector de telecomunicaciones, eléctricas, compañías de gas, etc. y que gestiona un fichero que incluye los impagados de un deudor y la evolución de ese impago.
En la actualidad es el fichero de morosos más importante en España. ¿Cómo entramos en el ASNEF?, por el impago de un crédito, un préstamo, una tarjeta de crédito, o recibos de la luz, del movil, etc. Como vemos es muy fácil entrar pero no tan sencillo salir del ASNEF. Leer más…
Jueves, 15 de Julio de 2010
Las tarjetas revolving guardan grandes semejanzas con los préstamos personales y por ello es posible que la entidad solicite al cliente nóminas y declaración de la renta para concederle la tarjeta.
La tarjeta revolving permite devolver la cantidad dispuesta a través de una cuota fija mensual. A medida que vamos pagando, lógicamente incrementamos de nuevo el límite disponible del crédito de la tarjeta. Suelen ser tarjetas gratuitas, pero el tipo de interés que se aplica a la deuda es bastante superior al que se aplicaría si se tratase de un préstamo o al que llevan aparejadas las tarjetas de crédito en su modalidad de pago aplazado.
Las entidades financieras suelen ofrecer la tarjeta revolving a aquellos clientes que usan de manera continua la tarjeta de crédito utilizando todos los meses más del 25% del disponible de la tarjeta.
Para incentivar el uso de las tarjetas revolving, las entidades bancarias suelen ofrecer la devolución de un porcentaje de las compras realizadas con la tarjeta en algunas grandes superficies, y que no suele ser más de un 3 %. Son tarjetas que no admiten el pago al contado como las tarjetas de débito, sino únicamente pago aplazado a través de las cuotas mensuales cuyo importe suele elegir el cliente. Si la deuda es superior a esta cuota mensual el exceso se convierte en un préstamo a unos tipos de interés muy elevados. Para intentar acelerar el pago de la deuda contraída, el cliente puede optar por incrementar el importe de la cuota fija mensual y así disminuir el capital pendiente.
El uso de las tarjetas revolving está consolidado en Estados Unidos y Latinoamérica, y lleva ya unos años comercializándose en España, donde están alcanzando relativa popularidad, porque hay que conocer a fondo su funcionamiento para que sea una tarjeta de crédito rentable. Por eso quizás su uso no está todavía demasiado extendido.
A la hora de contratar una tarjeta revolving hay que tener en cuenta, tal y como destaca ADICAE, que debemos leer detenidamente el contrato antes de firmarlo, que podemos rescindir el contrato en cualquier momento, y que en época de rebajas debemos informarnos sobre si las condiciones de uso de la tarjeta revolving varían. Es fundamental notificar a la entidad emisora de la tarjeta cualquier modificación en nuestros datos de contacto (teléfono, domicilio, etc). Por otro lado debemos exigir que cualquier modificación en las comisiones o tipo de interés de las tarjetas revolving nos sea comunicado inmediatamente.
Miércoles, 14 de Julio de 2010
La recesión económica que venimos padeciendo desde hace unos años ha provocado que nos hayamos visto obligados a solicitar préstamos para poder adquirir mobiliario, coches, afrontar situaciones extraordinarias imprevistas, etc. Eso se traduce en que tenemos varios préstamos personales de distintos importes, a distinto plazo y con diferentes tipos de interés, lo que conlleva que paguemos cuotas muy diversas. Si a eso unimos que utilizamos cada vez más la tarjeta de crédito para financiar nuestras compras, puede convenirnos una consolidación de deudas, también llamada reunificación de deudas. Leer más…
Jueves, 8 de Julio de 2010
Aunque nuestras finanzas personales no estén en su mejor momento y hayamos sido incluidos en algún registro de morosos como consecuencia del impago de alguna deuda, como morosos tenemos una serie de derechos que RAI, Asnef-Equifax, Experian o cualquier otro registro de morosos deben respetar.
En primer lugar, no es necesario el consentimiento del deudor para ser incluido en un registro de morosos, pero sí es obligatorio que los registros de morosos notifiquen al deudor que se le ha incluido en sus ficheros como consecuencia del impago de una deuda, por escrito en el plazo máximo de 30 días. Si existe más de un impagado, la notificación debe hacerse por cada una de las deudas. No podrán incluirnos en los ficheros de morosos por deudas de menos de cuatro meses de antigüedad. Leer más…